Puede introducir órdenes "por lo mejor "(Mercado Continuo), "de mercado", "cambio límite" y "stop loss":
a) En una orden "por lo mejor" (MCO) se solicita su ejecución al mejor precio de la parte contraria existente en el mercado en el momento en el que se introduce la orden. Si se ejecuta sólo una parte, el resto quedaría limitado al cambio de la primera ejecución.
b) En el resto de mercados también se admiten órdenes "de mercado" que, al igual que las órdenes "por lo mejor" en el mercado continuo son órdenes sin precio límite. Su ejecución será al precio vigente en el mercado en ese momento.
c) En órdenes "limitadas", usted fija el precio límite. Esto significa que no se realizará por encima (compra) o por debajo (venta) del precio especificado, y no se garantiza la ejecución de la orden.
d) En el caso de la venta de acciones, puede introducir la orden "stop loss". Stop loss es una manera de limitar las pérdidas porque se marca un precio de referencia que, al alcanzarse, la orden se convierte en orden de mercado ejecutándose, si el mercado lo permite, al precio vigente en ese momento. Éste puede ser inferior o superior al precio stop. Dispondrá de esta orden en el MCO y en los mercados Xetra, París y NYSE.