Seguro de Protección de Pagos DB - Préstamos Hipotecarios

Asegure las cuotas de su Hipoteca:

  • Cubra el pago de hasta 36 cuotas
  • Cobertura de hasta 2 titulares

Seguro de Protección de Pagos DB Préstamos Hipotecarios

Tendrá la seguridad de poder hacer frente a su hipoteca ante una situación de Desempleo, Incapacidad Temporal o CATA, incluidas situaciones de estado de alarma o pandemias, ya que el seguro seguirá pagando las cuotas de su hipoteca.

Máxima protección para su Hipoteca, asegurando hasta dos titulares.

Facilidad absoluta en el pago. Financiación gratuita de la prima mediante préstamo personal al 0% TIN (0% TAE).

Mejores condiciones en el tipo de interés de su préstamo hipotecario.

Servicios gratuitos incluidos

  • Apoyo en materia laboral. Cuenta con acceso ilimitado a consultas de materia laboral: Seguridad Social, INEM, SMAC, obligaciones tributarias, afiliación, cotización, convenios colectivos, prestaciones INSS-SS-INEM, contratos de trabajo, etc.
  • Información y gestión de ayudas económicas. Podrá acceder de manera ilimitada a información sobre ayudas económicas disponibles para autónomos a nivel regional y nacional: subvenciones, creación de start ups, ayudas para la innovación, bonificaciones especiales, capitalización del desempleo, etc. Además, contará con 2 horas de gestión por anualidad.

Personas asegurables

Para poder proceder a la contratación del Seguro de Protección de Pagos DB – Préstamos Hipotecarios, es obligatorio:

  • Ser persona física interviniente como titular en el préstamo hipotecario de Deutsche Bank S.A.E.U.
  • Ser mayor de 18 años y menor de 65 años.
  • Estar en situación de alta en la Seguridad Social, Mutualidad o Montepío o institución análoga.
  • Ser residente en España.
  • No haber sido declarado incapacitado para trabajar en la fecha de efecto del seguro.
  • Gozar de buen estado de salud.

Coberturas

Durante los 10 primeros años de la hipoteca, el seguro abonará al Beneficiario de la póliza el importe de las cuotas mensuales del préstamo asegurado que venzan durante el periodo en el que el/los Asegurado/s se encuentre/n en situación de Desempleo, Incapacidad Temporal o CATA según su situación laboral en el momento del siniestro. Podrán estar cubiertos por:

Desempleo: los trabajadores por cuenta ajena con contrato indefinido en el momento inmediatamente anterior a la pérdida de empleo y con una antigüedad en el mismo de 180 días continuados y trabajadores fijos discontinuos, salvo en los periodos en los que carezcan de ocupación efectiva.

Incapacidad Temporal: los autónomos, funcionarios o trabajadores por cuenta ajena temporales e indefinidos con menos de 180 días continuados antigüedad en el momento inmediatamente anterior a la incapacidad. Se excluyen los trabajadores temporales en los periodos de no ocupación.

Cese Actividad de Trabajadores Autónomos (CATA): los trabajadores autónomos en el momento inmediatamente anterior al cese de actividad como trabajador autónomo.

Límites de indemnización

Desempleo: máximo 18 cuotas consecutivas y 36 cuotas en total, con un máximo de 2.200 € mensuales.

Incapacidad temporal y CATA: máximo 12 cuotas consecutivas y 24 cuotas en total, con un máximo de 2.200€ mensuales.

Fecha de efecto

El seguro toma efecto en la fecha de formalización del préstamo y una vez el/los Asegurado/s haya/n realizado el pago de la prima.

Carencias

Carencia inicial (período transcurrido desde la fecha de efecto del seguro en el que no existe cobertura): sin carencia en caso de Incapacidad Temporal por accidente, 30 días consecutivos en caso de Incapacidad Temporal por enfermedad y 60 días consecutivos para la cobertura de Desempleo y CATA.

Carencia entre siniestros: para la cobertura Desempleo y CATA 180 días consecutivos entre siniestros de Desempleo, y en caso de Incapacidad Temporal, 30 días consecutivos en caso de que la Incapacidad se produzca por una enfermedad distinta a la acaecida en el siniestro anterior, y 180 días continuados en caso de que derive de la misma patología.

Cancelación

En el momento en el que el Asegurado cumpla 65 años.

Por interrupción voluntaria de la actividad profesional, jubilación o prejubilación del Asegurado.

A la finalización del 10º año de hipoteca.

Por fallecimiento o Incapacidad Permanente y Absoluta del Asegurado.

En la fecha efectiva de reembolso total del préstamo, salvo que el Asegurado haya solicitado a la Aseguradora la continuación del seguro siendo el propio Asegurado el Beneficiario.

A petición del Asegurado en cada anualidad mediante notificación expresa y por escrito a Deutsche Bank, Sociedad Anónima Española Unipersonal, en su calidad de distribuidor del seguro, dentro de los 30 últimos días de cada anualidad y siempre que no se haya abonado siniestro alguno.

¿Cómo se comunican los siniestros?

Es muy fácil, en el caso de producirse un siniestro deberá enviar la documentación solicitud siniestro SPP Cardif al e-mail de su gestor, en el plazo máximo de 7 días desde que tuvo conocimiento del siniestro.

No se quede con dudas

Deutsche Bank, S.A. Española Unipersonal, Operador de Banca-Seguros Vinculado inscrito con núm. OV-0045 en el Reg. de mediadores de la DGSyFP - NIF: A-08000614, domicilio Paseo de la Castellana, 18 - 28046 Madrid. R.M. Madrid, T.28100, L.0, F.1, S.8, H.M506294, I.2. Cardif Assurances Risques Divers, Sucursal en España. R.M. Madrid, T.12.199, S.8ª, L.S., F.78, H.M. 192927. Inscr. 1ª - CIF:W0012420-F. Sede social en C/Emilio Vargas 4, 3ª planta - 28043, Madrid. www.bnpparibascardif.es. Concertado Seguro de Responsabilidad Civil según normativa de distribución de seguros aplicable.

Las Entidades Aseguradoras para las que el Mediador realiza su actividad de mediación en seguros privados son las siguientes: Zurich Insurance Europe AG Sucursal en España, Zurich Vida, Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A., Cardif Assurance Vie, Sucursal en España, Cardif Assurances Risques Divers, Sucursal en España, Metlife Europe d.a.c. Sucursal en España, Metlife Europe Insurance d.a.c Sucursal en España, DKV Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima Española. La actividad que realiza el Mediador tiene por finalidad la contratación de un seguro y no de cualquier otro producto que pueda comercializar la propia entidad de crédito Deutsche Bank, S.A. Española Unipersonal.

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